11. Depósito y lectura de Tesis

Depósito y lectura de Tesis

Depósito de Tesis

Se tramita a través de la plataforma Thesis.

Antes del citado Depósito, debe haber sido aprobada la propuesta de tribunal de tesis por la CAPD.

Además, todas las tesis que soliciten su depósito a partir del 1 de octubre de 2024 deberán atenerse a las modificaciones introducidas en julio de 2023 en el RD99/2011 por el que se regulan las enseñanzas de doctorado. Se puede consultar el texto consolidado en el siguiente link. La modificación incluye el requisito de aportar un mínimo de dos informes de expertos externos para todas las tesis.

El nuevo requisito para todas las tesis se ha implementado mediante modificación del Reglamento de elaboración y evaluación de tesis doctorales en la UPM que aprobó el Consejo de Gobierno en su sesión de 23 de julio de 2024, concretamente del siguiente artículo:

Artículo 25. Solicitud de defensa
La tesis contará con un mínimo de dos informes emitidos por personas doctoras expertas en la materia, externas a la universidad, que podrán proponer aspectos de mejora. Dichas personas expertas podrán formar parte del tribunal que evalúe la tesis. En función del contenido de dichos informes, la comisión académica dará un plazo a la doctoranda o doctorando para responder y, en su caso, incluir las modificaciones pertinentes en la tesis doctoral antes de su defensa.

En el apartado “documentos” (abajo) se incluyen enlaces a los modelos UPM a aportar para cumplir con este nuevo requisito en la solicitud de depósito:

Informes expertos externos_propuesta de panel de evaluadores externos
Informes expertos externos_idoneidad de cada evaluador externo
Informes expertos externos_valoración de tesis de cada evaluador externo (mínimo dos evaluadores)
 
Estos formularios deben firmarse con firma electrónica siempre que sea posible. Deben firmar con firma electrónica todos los residentes en España y todos los residentes en el extranjero que dispongan de firma electrónica. En el caso de residentes en el extranjero que no dispongan de firma electrónica, transitoriamente se permitirá un sistema de firma digital no certificada (escaneada, con adobe, etc.). Dado que el número de casos de expertos extranjeros que no tienen firma electrónica es elevado, se adopta esta solución transitoria hasta el momento en que la UPM implemente un sistema alternativo de firma para residentes en el extranjero.

Propuesta de miembros del tribunal

El doctorando realizará una propuesta de siete doctores con experiencia investigadora acreditada y especialistas en la materia a la que se refiere la tesis, que deberá ser aprobada por la Comisión Académica del Programa de Doctorado (CAPD). Esta propuesta será presentada a la Comisión de Doctorado de la UPM antes del depósito de la tesis doctoral, e irá acompañada de un informe razonado sobre la idoneidad de todos y cada uno de los miembros propuestos para constituir el tribunal de evaluación de la tesis doctoral. Deberá quedar acreditada la aceptación de los miembros propuestos para formar parte del tribunal. El tribunal estará compuesto por un presidente, un secretario y tres vocales. Además, deberá contar con dos suplentes.

En caso de tesis doctorales que estén sujetas a cláusulas de confidencialidad, todos los miembros propuestos deberán firmar una declaración comprometiéndose a mantener el contenido en la más estricta confidencialidad.

En caso de tesis doctorales con Mención Internacional, los dos informantes expertos externos no podrán ser incluidos como miembros del tribunal de tesis. Solo en casos debidamente justificados, la CAPD podrá considerar la aprobación de tribunales de tesis que incluyan en el mismo, algunos de los informantes externos.

No pueden formar parte de la propuesta de un tribunal de tesis más de dos miembros de la misma universidad u organismo. Los profesores pertenecientes a los cuerpos docentes universitarios podrán formar parte de los tribunales de tesis doctorales aunque se hallen en situación de excedencia, jubilación, servicios especiales o en comisión de servicios, siendo considerado en este último caso como pertenecientes a aquella universidad en la que prestan sus servicios en ese momento. Los profesores jubilados serán considerados como pertenecientes a la Universidad en la que estaban desempeñando sus funciones.
Se establece que todos los implicados en las tareas de dirección y evaluación de la tesis doctoral sean doctores; será necesario que todos aquellos que no sean doctores por la UPM aporten copia del título de doctor o certificado oficial justificativo del mismo.

Se pretende que la composición de los tribunales de tesis busque un equilibrio entre la adecuación de sus componentes al tema de la misma y una mayor implicación del Departamento de Proyectos Arquitectónicos y la Escuela de Arquitectura de Madrid en estos tribunales. Se establece entonces:

a)El presidente del tribunal será un profesor doctor que tenga o haya tenido vinculación permanente y cuya investigación se encuentre asociada al tema de tesis doctoral mediante artículos publicados en revistas indexadas, participaciones en congresos, patentes y otros méritos.

b) El secretario será un profesor doctor preferentemente del Departamento de Proyectos Arquitectónicos.

c)Los vocales serán doctores que acrediten su investigación asociada al tema de tesis doctoral mediante artículos publicados en revistas indexadas, participaciones en congresos, patentes y otros méritos.

d)Los miembros suplentes deberán cumplir los mismos requisitos que los titulares.

En todos los casos se deberá incluir un historial académico e investigador de cada uno de los miembros del tribunal, avalado por publicaciones concretas, y una explicación detallada de su actividad docente en sus respectivos centros, que deberá ser desarrollado por el doctorando. No se admitirán explicaciones genéricas de sus campos de trabajo, tal y como se indica desde la Subdirección de Doctorado de la ETSAM.

Nombramiento del tribunal

Junto con el acuerdo por el cual se notifica la autorización a trámite de la defensa de la Tesis doctoral y en vista de la propuesta de tribunal presentada por la CAPD, la Comisión de Doctorado de la UPM deberá aprobar el tribunal que deberá juzgar dicha tesis. Una vez aprobada, se les hará llegar a cada uno de los miembros del tribunal la notificación de la designación y una copia de la Tesis doctoral.

El centro responsable del programa de doctorado también deberá notificar al doctorando y al director o codirectores, en el plazo máximo de cinco días, el nombramiento del tribunal. Desde el nombramiento del tribunal, se dispondrá de un plazo máximo de tres meses para que se realice la defensa de la tesis. En caso contrario, se deberá volver a presentar una propuesta de miembros del tribunal a la Comisión de Doctorado de la UPM.

En caso de renuncia por causa justificada de un miembro titular del tribunal, el presidente procederá a sustituirle por un suplente. Si hay que sustituir al presidente por una causa sobrevenida, lo sustituirá la persona que proponga la CAPD de entre el resto de miembros que forman parte del tribunal. En todo caso, la sustitución se tiene que comunicar en el plazo más breve posible a la Comisión de Doctorado de la UPM.

Tal y como queda reflejado en el acta de la Comisión del 10 de julio, la CAPD aprobó que los tribunales de tesis con mención internacional, uno de los miembros suplentes sea de una universidad o centro extranjero, de modo que si el titular de centro extranjero no puede participar en la lectura de la tesis lo pueda hacer ese miembro suplente y se evite así la pérdida de la mención internacional. La CAPD aprueba esta propuesta, que entrará en vigor una vez informados los doctorandos y directores, y subida la información a la página web del PD.

Incompatibilidades

No pueden formar parte de la propuesta de un tribunal de tesis más de dos miembros de la misma universidad u organismo. Un miembro no podrá formar parte de la propuesta de un tribunal si cumple cualquiera de los criterios de abstención establecidos en el artículo 28 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre.

Procedimiento de lectura

De acuerdo con lo establecido por la Subdirección de Investigacíon y Doctorado, para proceder con el acto de lectura, el doctorando deberá enviar un correo a doctorado.arquitectura@upm.es, con copia a reserva.aulas.arquitectura@upm.es, al menos 3 semanas antes de la fecha de lectura solicitada, adjuntando los oficios de aprobación de defensa y aprobación de tribunal, indicando:

• Día solicitado
• Hora solicitada
• Sala solicitada con orden de preferencia (salas posibles: Grados A, Grados B, Consejos)

Asimismo, tendrá que enviar un correo a doctorado.arquitectura@upm.es y a proyectos.arquitectura@upm.es completando los documentos adjuntos abajo: “Datos Tesis y Tribunal” y “Datos Viaje Tribunal”(los datos del viaje pueden ser aproximados, se reconfirmará antes de comprar billetes o alojamiento)

Finalmente, el doctorando deberá facilitar una posible imagen en pdf o jpg para el cartel de lectura.

Documentos

Autorización del director de tesis

Aceptación e idoneidad de miembros del tribunal

Propuesta de tribunal

Modelo D-12

Normas de redacción de tesis

Reglamento de Elaboración y Evaluacion de Tesis*
*modificado en julio de 2024 y pendiente de actualización. Ver información en el apartado de Depósito de tésis

Informes expertos externos_propuesta de panel de evaluadores externos

Informe experto externo_idoneidad de cada evaluador externo

Informe experto externo_valoración de tesis de cada evaluador externo (mínimo dos evaluadores)

Datos Tesis y Tribunal

Datos Tesis y Tribunal Mención Internacional

Datos Viaje Tribunal

Los doctorandos que lo deseen pueden consultar los informes emitidos por el tribunal de tesis previa solicitud a la Subdirección de Investigación y Doctorado de la ETSAM.

 

 

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